Cuenca Morón Abogados

El órgano interpreta esta norma de forma retroactiva y ordena al Banco Santander a hacer frente al pago de 1.990 euros del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

El Juzgado de Primera Instancia 18 bis de Málaga ha dictado una sentencia con fecha 12 de noviembre sólo una semana después del reciente episodio ocurrido en el Tribunal Supremo en relación a cuenta del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, lo que obliga a una entidad financiera, el Banco Santander, a abonar dicho impuesto, pese a que el Alto Tribunal dictó que debía ser asumida esa suma por parte de los consumidores, aunque el Gobierno de Pedro Sánchez emitió un real decreto para que siguieran sufragando el mismo los bancos. La entidad deberá pagar 1.990 euros.

El órgano que ha emitido la sentencia es el que se creó para atender las cláusulas abusivas. Es uno de los tres existentes en Málaga y su criterio, al menos en primera instancia, afectará a 12.000 demandas pendientes de resolver entre la banca y los consumidores de la provincia. Luego habrá de pronunciarse la Audiencia Provincial.

Lo segundo, que la Sentencia ocupa 51 páginas, y hace memoria de lo acontecido en las últimas semanas. Desde las tres Sentencias del propio Tribunal Supremo, de 16 de octubre, que supusieron el cambio de doctrina jurisprudencial, pasando por la deliberación y posterior cambio de parecer del Pleno de lo Contencioso, hasta llegar a la publicación del Real Decreto del Gobierno de Pedro Sánchez, que finalmente sirve de base al Juzgador para determinar que sea el banco, y no el cliente, quien abone el concepto tributario en cuestión. Además, termina condenando en costas a la entidad.

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