Cuenca Morón Abogados
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El Ministerio de Justicia ha detectado en 14 meses a 746 personas condenadas por delitos sexuales que habían solicitado el certificado para trabajar en contacto habitual con niños, según los últimos datos oficiales, a 31 de mayo de 2017 del Registro Central de delincuentes sexuales.

Como asegura el Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, que regula este registro, con él “se pretende la prevención y protección de los menores frente a la delincuencia de naturaleza sexual, de conformidad con las normas nacionales y supranacionales, y acorde con los sistemas registrales de otros países de nuestro entorno”.

Desde que se activó este sistema, en número de certificados emitidos alcanza los 2,5 millones, la gran mayoría negativos, excepto los 746 citados. En total, en el Registro de delincuentes sexuales hay inscritas 42.227 personas.

“Consideramos que el legislador tendría que haber dado un paso más, en el sentido de exigir dicha certificación con una periodicidad determinada, y no sólo en el momento del acceso al trabajo que implique contacto habitual con menores”, dijo el director de Programas de esta ONG.

No obstante, recuerda que sólo tienen que renovarlo los trabajadores de nuevo ingreso en la empresa u organización, si se produzcan cambios sustanciales en su relación laboral o de empleo –si cambia la empresa o el empleador–, o si dentro de su relación laboral cambian las circunstancias, de modo que comienza a trabajar habitualmente con menores cuando antes prestaba sus servicios para el público en general.

Sin embrago, Justicia añade que “queda a criterio del empleador exigir nuevamente el certificado”, en el caso de tener sospechas “fundadas” o existan indicios de que el trabajador hubiera podido ser condenado en sentencia firme por algún delito de naturaleza sexual con posterioridad a la presentación inicial del certificado.

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